La justicia ha hablado, y ha hablado bien.
La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia acaba de reconocer el derecho a cursar la enseñanza religiosa islámica (ERI). La demanda, interpuesta por una madre ante la falta de respuesta por parte de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia a la solicitud presentada para que sus hijos recibieran la ERI en su centro educativo, ha sido favorable.
El fallo estima el recurso “contra la desestimación presunta por silencio administrativo, dada la inactividad de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia ante la solicitud realizada por la demandante el 10 de junio de 2021, para que sus hijos puedan cursar la asignatura de enseñanza religiosa islámica…en el curso académico 2021/2022 y siguientes, por no ser ajustada a Derecho en lo aquí discutido la actuación de la Administración Regional demandada, reconociendo el derecho que le asiste para que sus hijos reciban enseñanza religiosa islámica en aquellos centros donde se cumplan los requisitos acordados…”
La sentencia es un punto de inflexión de enorme relevancia para la Región de Murcia y para todos los musulmanes de España, que ven en la misma una oportunidad para seguir avanzando en derechos fundamentales, tales como la educación religiosa islámica.
Por su parte, la Comisión Islámica de España (CIE) queda fuera de este logro, ocupada como está en lidiar sus contiendas internas. Los musulmanes de España no solo tienen que hacer frente a una administración que gana en sordera a las tapias más duras, sino también frente a una entidad reaccionaria y vendida a espurios intereses, siendo un freno para cualquier avance.
Y es que no es la primera vez que las familias murcianas reclaman igualdad de trato y son ignoradas, año tras año, sin que la administración se moleste siquiera en contestarles. Afortunadamente, esa desidia en su proceder no ha hecho mella en el ánimo de una madre, convencida de que la ERI es un derecho fundamental y que su conculcación precisa del amparo judicial. Vaya por delante que recurrir a la vía judicial debe preceder al diálogo y a la negociación, mas no momificarse en el intento. Este es uno de esos casos en el que no han dejado otra opción: ni la Consejería de Educación ni la CIE han hecho lo que tenían que hacer.
Escuchar a unos y otros esgrimir absurdas excusas resulta bastante lamentable, por no decir infantil, máxime cuando demuestran que ninguna de ambas entidades está a la altura del desempeño de sus funciones.
Ya en ocasiones anteriores hemos denunciado una serie de irregularidades que tenían como punto en común la omisión, negligencia y abandono a las familias; demasiadas coincidencias para unos órganos que presumen ser garantes de la ley1.
Durante estos años, la comunidad autónoma de Murcia ha dado reiteradas muestras de acérrima oposición a la ERI en los centros educativos; incomprensibles y, a todas luces paradójicas, cuando además de la religión católica, ofrece e imparte desde hace muchos años, la religión evangélica en sus aulas.
En este escenario la CIE precisa terapia para rato. De entrada, debe dejar de aceptar el ninguneo al que le someten determinadas administraciones y sacudirse el papel de víctima desconsolada que, por no dar, no da ni pataletas. Tampoco correr a firmar convenios plagiados que atentan contra el derecho de los musulmanes y amputa, de un zarpazo, la poca confianza que inspira su comisión de educación. La CIE, si quiere ser algo y algo útil, no puede continuar siendo un obstáculo para la comunidad musulmana a la que ha de SERVIR. Mejor haría en invertir las jugosas subvenciones que recibe en contratar unos buenos servicios jurídicos que brinden a las familias el asesoramiento necesario para la defensa de sus derechos. Porque no basta con decir que soliciten la ERI y dejarlos a su suerte: debe abanderar el reclamo de la ERI hasta las últimas instancias, incluidas las judiciales. Pero les falta valor, principios y compromiso. Resulta más fácil, cómodo y dócil esperar sentado la subvención de turno.
Esta sentencia judicial -pionera en Murcia-, sigue la estela emprendida en La Rioja en 2017, donde -y no por casualidad-, dos madres consiguieron sendas sentencias favorables. Confiamos que este claro posicionamiento jurídico lleve a la Consejería de Educación y Cultura de Murcia a ser consecuente con su mandato y disponer la ERI en todos los colegios e institutos de su territorio.
Una sentencia que, si bien reconoce el derecho a cursar la ERI a los hijos de la demandante, éste no queda circunscrito únicamente al centro y curso actual, sino que es un derecho reconocido que debe aplicarse en el curso 2021/2022 y siguientes en los centros en los que los menores se matriculen – sumando un mínimo de diez alumnos solicitantes-, abriendo por tanto la puerta también a la ERI en los ciclos de secundaria y bachillerato.
Porque no entendemos un sistema educativo que relegue a parte de su comunidad educativa, alentamos, asimismo, al empoderamiento de las familias y comunidades para que ningún menor, niño o niña, quede al margen del beneficio de sus derechos.
Desde la Asociación de Consumidores y Usuarios Halal (ACOHA) queremos agradecer la confianza que han depositado las familias participantes en este proceso permitiéndonos acompañarlas en la legítima reivindicación de este derecho.
1https://www.elhalal.es/opinion/marian-aretio/eri-en-murcia/20220211125922004618.html